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Titulo: Trazabilidad
Fecha: 13/04/2008
Autor: Raśl Green

A fin de garantizar un sistema alimentaria más transparente, capaz de responder rápidamente a situaciones de crisis sanitarias en el mundo, la trazabilidad impuesta en la cadena de carnes, fue generalizada al conjunto de los alimentos vendidos en Europa.

La trazabilidad en la cadena de carnes en Europa es consecuencia de las graves dificultades sanitarias que ha tenido la misma en la última década. El sector europeo de las carnes ha conocido dos crisis de Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB). La primera "explotó" en marzo 1996 y la segunda en el otoño de 2000. A esta situación, se le sumó una importante crisis de fiebre aftosa a partir de febrero de 2001 y otras crisis sanitarias en carnes sustitutas como la peste porcina -que concernió principalmente a Bélgica-, los pollos contaminados con dioxina, en 1999 y, más tarde, la gripe aviar. Desde el anuncio de la primera crisis de EEB, en marzo de 1996, el consumo francés de carnes bovinas cayó un 17%. En la segunda crisis de “vaca loca” (junio de 2000) el consumo cayó entre 30 y 40%. Además de un descenso global del consumo, se estimó que en ese momento, el 20% de los hogares suspendió totalmente (durante un largo tiempo) la compra de carnes vacunas. Con ciertas diferencias, esta caída se repitió en todos los países de Europa. La fiebre aftosa dio por resultado el sacrificio de 3 millones de animales. En poco tiempo, en el Reino Unido, fueron incinerados en hogueras 170 mil animales frente a las cámaras de televisión, que transmitieron esas imágenes por toda Europa durante largas semanas. Si bien en la actualidad prácticamente no se habla más de la crisis de la “vaca loca”, hay dos elementos importantes a tener en cuenta. El primero es que aún hoy detectan algunos casos aislados; y el segundo es que la trazabilidad a la que dio lugar, fue generalizada al conjunto de los alimentos vendidos en Europa.

CRONOLOGIA DE LA CRISIS

La EEB aparece por primera vez en el Reino Unido en 1986, identificada por un laboratorio veterinario británico, en un animal con síntomas neurológicos atípicos. Como explicación del surgimiento de la enfermedad, se señaló que fue consecuencia de la incorporación (a la dieta de rumiantes), de harinas de origen animal (ovina y bovina) que no habían sido bien descontaminadas en el momento de su fabricación. A partir de junio de 1988, en el Reino Unido, todos los animales contaminados por EEB debieron declararse obligatoriamente, y ser sacrificados inmediatamente a título preventivo. En julio de 1988, el Ministerio de Agricultura británico decidió prohibir la alimentación de bovinos con harinas de origen animal, pero la exportación de esas harinas siguió siendo autorizada. Francia decide, en 1989, prohibir ese tipo de importaciones provenientes del país sajón. Ese mismo año la Comunidad Europea prohibió la exportación de vacas inglesas nacidas antes de julio de 1988 o de animales sospechosos de EEB. En julio 1990, el informe británico Tyrell, insistió en la incertidumbre de la transmisión de la EEB al hombre. La epidemia bovina se generalizó con 300 casos declarados por semana. En marzo 1991, se descubrió en la Bretaña francesa, el primer caso de EEB. Se tomó la decisión de sacrificar todos los animales de la misma explotación. En 1993, la enfermedad alcanzó su punto culminante, con 800 casos declarados por semana. Se conoció también el caso de muerte de dos personas propietarias de explotaciones donde se detectaron casos de EEB por el mal de Creutzfeldt-Jakob. En 1993 se generalizaron los casos de “vaca loca” en especímenes nacidos después de la prohibición de uso de harinas animales. En 1995, numerosos agricultores británicos fueron víctimas del mal de Creutzfeldt-Jakob. En abril de 1996, el Reino Unido decidió sacrificar a todos los bovinos de más de 30 meses –un tercio de su stock ganadero–, siguiendo la disposición del Consejo Agrícola Europeo.

ESTRATEGIAS DE RESOLUCION DEL PROBLEMA SANITARIO

En la Unión Europea, desde la década del 80, se normalizaron los primeros sistemas de identificación animal y el registro de los movimientos intracomunitario. La crisis de la EEB aceleró este proceso. El Reglamento 820/1997 del Consejo exigió la identificación obligatoria de los animales bovinos y el registro de todos sus movimientos. También, estableció un sistema de identificación y registro del ganado vacuno y el etiquetado de la carne y de los productos a base de carne vacuna. Este Reglamento, fue posteriormente derogado por el Reglamento 1760/2000, que introdujo algunas novedades que reforzaron de manera importante las exigencias en el capítulo de etiquetado de la carne. Numerosos Reglamentos de la Comisión Europea completaron el marco jurídico aplicable al sistema de identificación y registro de los bovinos, regulando aspectos como los controles a realizar por las autoridades competentes, las sanciones en caso de incumplimiento, disposiciones técnicas aplicables a los elementos del sistema, entre otros. El sistema de identificación del ganado vacuno forma parte, del control integrado de las ayudas ganaderas, constituyendo la identificación y el registro adecuados de los bovinos, una condición del apoyo en forma de primas ganaderas en este sector. Además de un importante cambio de la reglamentación pública, se tomaron numerosas medidas de orden privado, aplicadas por los sectores productivos y comerciales. Por lo tanto, la cadena de carnes está hoy en día sometida a una doble vigilancia: la de la autoridad pública y la que se aplica en los contratos de aprovisionamiento, que han generalizado un cierto número de actores privados, en especial

centrales de compra del comercio moderno y cadenasde restauración colectiva. Esta tendencia de los actores privados a implicarse en mayor medida en el control, (tanto de la calidad como de la seguridad de sus aprovisionamientos en carnes), se visualiza en la importancia creciente de los sistemas de certificación de calidad. La preocupación creciente por los problemas de seguridad de los alimentos se produjo en paralelo con la introducción masiva de las tecnologías de la información y de la comunicación en el sector

alimentario. Esto permitió establecer un vínculo inmediato entre el uso de la informática –para aplicar sistemas de trazabilidad– y las nuevas exigencias de organización de las cadenas de aprovisionamiento bajo los principios de la Supply Chain Management (SCM) . La informática se transforma así rápidamente, en un instrumento de mejoras de gestión y de resolución de crisis sanitarias en todas las cadenas alimentarias.

RECUPERAR LA CONFIANZA DE LOS CONSUMIDORES

Las crisis sanitarias en las carnes, dada la importancia del sector, llevaron a una pérdida de confianza de los consumidores en todo el sistema alimentario europeo. En este contexto, es fácil comprender que la autoridad comunitaria -una vez aplicada la trazabilidad en las carnes a fin de garantizar un sistema alimentario más transparente y un sistema de respuesta rápida a situaciones de crisis- haya buscado generalizar esta medida a todos los comestibles, con el propósito de recuperar la confianza de los consumidores. Lo que comenzó como una crisis sanitaria en las carnes, resultó en cambios sustanciales en todo el esquema alimentario europeo. Estos cambios, que aun se siguen produciendo, se caracterizan por una creciente atención a los problemas de calidad y de seguridad de todos los productos orientados a la alimentación.

REFERENCIAS:

1-Desde 1991, hasta fin del 2007 fueron detectados, en Francia, 991 casos confirmados de vaca loca, 8 de los  cuales se encontraron en el 2006, y 6 en el 2007. Ver http://www.agriculture.gouv.fr/esbinfo/esbinfo.htm

2- Los principales reglamentos a considerar, en carnes, son:  Reglamento 820/1997, que establece que cada Estado miembro establecerá un sistema de identificación de animales; Reglamento 1760/2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno; Reglamento 1825/2000, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento 1760/2000; Reglamento 178/2002, que establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria,
generalizando la trazabilidad obligatoria para todos los productos alimentarios en Europa; Reglamento 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, estableciendo la obligación de aplicar los principios del APPCC; Reglamento 853/2004, que establece normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

3-Integra la cadena de proveedores extendida para permitir procesos e-business inteligentes. Por SCM se entiende “la coordinación sistemática y estratégica de las funciones tradicionales de negocio dentro de una empresa en particular y a lo largo de todas las implicadas en la cadena de aprovisionamiento, con el propósito
de mejorar el rendimiento a largo plazo, tanto de cada unidad de negocio como de la cadena en global” (Mentzer, J.T.; Dewitt, W.; Keebler, J.S.; Min, S.; Nix, N.W.; Smith, C.D. y Zacharia, Z.G. 2001, ‘Defining Supply Chain Management’, Journal of Business Logistics, 22: 2, 1-25).

Por Raúl Green - I’ Institut National de la Recherche Agronomique- Alimentation et Sciences Sociales (INRA – ALISS), París.
Para más información: Raúl Green ‘Trazabilidad de carnes en el
mercado mundial’, editado por PROCISUR/IICA, Montevideo,
julio 2007, disponible en formato electrónico en el sitio web institucional de PROCISUR: www.procisur.org.uy
E.mail: raul.green@noos.fr / green@ivry.inra.fr